ACTUALIDAD
Modificaciones en el régimen de percepción del impuesto a las ganancias
A través de la Resolución General 2281/2007, del 30 de julio, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó el régimen de percepción del impuesto a las ganancias aplicado a los bienes que ingresen al país en carácter de importaciones definitivas.
La alícuota aplicable variará entre el tres y el 11 por ciento dependiendo de la finalidad para la cual los bienes son importados. Quedan exceptuados del régimen la reimportación definitiva de cosas muebles; los animales de especie bovina cuando el importador sea responsable inscripto o propietario del establecimiento de faena; bienes de uso, incluidos los que se afecten a contratos de leasing; obras de arte o copias autenticadas por la Secretaría de Cultura de la Nación y Prestadores de Servicios Postales/PSP (Courriers) inscriptos en el Registro Nacional correspondiente.
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